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Abogado ecuatoriano en MadridCoactivas y deudas con el Estado en Ecuador

La coactiva es el procedimiento con el que el Estado ecuatoriano cobra por la fuerza: bloquea cuentas, retiene valores y embarga bienes, y lo hace sin necesidad de ir a un juicio ordinario.

PRIMERA VALORACIÓN DEL CASO SIN COSTO Respuesta el mismo día, en horario de España

Lo primero es comprobar si la deuda es correcta

Muchas coactivas se ejecutan sobre importes mal calculados, sobre obligaciones que ya se pagaron o que corresponden a otra persona con nombre parecido, y sobre deudas cuyo plazo de cobro ya venció. Antes de pagar conviene revisar el expediente: en más casos de los que parece, la cifra baja o la deuda no procede. La acción de cobro también prescribe —cinco años, siete si no se declaró—, pero hay que alegarla: si nadie la pide, la deuda sigue constando.

Después, negociar y liberar los bienes

Cuando la deuda es correcta, se solicitan facilidades de pago y se pide el levantamiento de las medidas: desbloqueo de cuentas, liberación de embargos y cancelación de retenciones. Un acuerdo bien planteado evita perder el bien.

Por una coactiva no te van a detener

La Constitución prohíbe la privación de libertad por deudas, salvo por alimentos. Una coactiva del SRI, del IESS o de un municipio va contra tu dinero y tus bienes, no contra tu persona: puedes entrar y salir del país con normalidad, salvo que otro procedimiento diga lo contrario.

Qué necesito de ti

La notificación que recibiste o los datos de la entidad que cobra, tu cédula o RUC, y cualquier comprobante de pago anterior. Con eso reviso el estado del procedimiento y te digo si hay margen para discutir o solo para negociar.

Preguntas frecuentes

¿Eres abogado ecuatoriano y resuelves los problemas desde España?

Sí. Soy abogado ecuatoriano, colegiado en el Foro de Abogados del Ecuador con matrícula 09-2020-279, y atiendo desde mi despacho en Madrid. Ejerzo derecho ecuatoriano: los procesos se llevan ante los juzgados e instituciones de Ecuador, y tú los sigues desde España sin moverte.

Me bloquearon la cuenta en Ecuador. ¿Se puede desbloquear?

Sí, cuando se atiende el procedimiento: pagando, acordando un plan de pagos o acreditando que la deuda no procede. El desbloqueo lo ordena la entidad o el juez.

¿Tengo que hacer un poder ante notario o en el consulado?

En la mayoría de los casos, no. Las últimas reformas procesales del Ecuador abrieron vías para actuar sin que otorgues un poder, y son las que aplico cuando el caso las admite: te ahorras el trámite, el desplazamiento y su costo. Cuál cabe en el tuyo depende de la materia y de cómo esté planteado, y eso se decide caso por caso. Hay excepciones que sí exigen poder, sobre todo las notariales. Cuando tu caso sea uno de esos, te lo digo desde la primera valoración y me encargo yo de gestionar el poder de principio a fin, para que tú solo tengas que firmarlo.

¿Pueden embargarme si vivo en España?

Sí. La coactiva actúa sobre los bienes y las cuentas que tengas en Ecuador, independientemente de dónde residas.

¿Cuánto va a tardar mi caso?

Depende de la materia y de la institución que lo resuelva: un juzgado, una notaría y una administración tienen ritmos distintos. Antes de empezar te doy por escrito un plazo estimado realista, y te aviso cada vez que el expediente se mueve. No prometo plazos que no dependen de mí.

¿Por qué cuesta lo que cuesta?

Los honorarios cubren el estudio del caso, los escritos, el seguimiento del expediente —con las audiencias incluidas cuando el asunto es judicial— y las gestiones en Ecuador, con un solo interlocutor de principio a fin. La primera valoración no se cobra y el presupuesto es cerrado: sabes lo que vas a pagar antes de empezar.

¿Es tu caso? Cuéntamelo y te digo qué se puede hacer.

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