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Abogado ecuatoriano en MadridPensión de alimentos en Ecuador desde España

La pensión de alimentos es el asunto que más consultas me genera, y casi siempre por lo mismo: la cuota se fijó cuando la situación era otra, o la deuda que aparece en el sistema no cuadra con lo que realmente se pagó.

PRIMERA VALORACIÓN DEL CASO SIN COSTO Respuesta el mismo día, en horario de España

Las tres situaciones más comunes

Fijar la pensión por primera vez, cuando nunca se estableció una cuota. Pedir la rebaja, cuando tus ingresos cambiaron y la cuota actual ya no se corresponde con lo que ganas. O reclamar lo impagado, cuando eres tú quien no recibe lo que corresponde al hijo.

Dos cosas que conviene saber: la rebaja rige desde que se pide y no borra lo ya acumulado, así que cada mes que pasa es deuda que se queda. Y la pensión no termina sola a los dieciocho: si el hijo estudia —en cualquier nivel educativo, no solo el superior— puede seguir hasta los veintiuno, y sin límite de edad cuando hay discapacidad.

A eso se añade un cuarto caso muy frecuente: la liquidación está mal calculada. Se acumulan meses que ya pagaste, o se aplican intereses que no corresponden, y la deuda crece sola. Eso se revisa y se corrige.

Si hay apremio u orden de detención

Con dos o más cuotas impagas el juez puede dictar apremio personal: una orden de detención en Ecuador. Es la única deuda por la que cabe privar de libertad, y cumplirlo no cancela lo debido. Cuando existe, lo primero es conocer el importe real de la deuda; después se plantea el pago o un acuerdo de pagos y se pide al juez que levante la medida. Actuar antes de viajar es mucho más sencillo que resolverlo en el aeropuerto.

Qué necesito de ti

La cédula de quien paga y de quien recibe, los datos del hijo, el número de la causa si ya existe una, y lo que tengas de comprobantes de pago. Con eso reviso el estado real del expediente y te digo qué se puede hacer.

Preguntas frecuentes

¿Eres abogado ecuatoriano y resuelves los problemas desde España?

Sí. Soy abogado ecuatoriano, colegiado en el Foro de Abogados del Ecuador con matrícula 09-2020-279, y atiendo desde mi despacho en Madrid. Ejerzo derecho ecuatoriano: los procesos se llevan ante los juzgados e instituciones de Ecuador, y tú los sigues desde España sin moverte.

¿Tengo que hacer un poder ante notario o en el consulado?

En la mayoría de los casos, no. Las últimas reformas procesales del Ecuador abrieron vías para actuar sin que otorgues un poder, y son las que aplico cuando el caso las admite: te ahorras el trámite, el desplazamiento y su costo. Cuál cabe en el tuyo depende de la materia y de cómo esté planteado, y eso se decide caso por caso. Hay excepciones que sí exigen poder, sobre todo las notariales. Cuando tu caso sea uno de esos, te lo digo desde la primera valoración y me encargo yo de gestionar el poder de principio a fin, para que tú solo tengas que firmarlo.

Perdí el trabajo. ¿Se puede rebajar la cuota?

Sí, la pensión se puede revisar cuando cambian las circunstancias económicas de quien la paga. Hay que acreditarlo con documentación; no basta con alegarlo.

Aparece una deuda que no reconozco. ¿Qué hago?

Se pide la liquidación detallada y se contrasta con los pagos que puedas acreditar. Es habitual encontrar errores de cálculo o pagos no registrados, y se corrigen ante el mismo juzgado.

¿Cuánto va a tardar mi caso?

Depende de la materia y de la institución que lo resuelva: un juzgado, una notaría y una administración tienen ritmos distintos. Antes de empezar te doy por escrito un plazo estimado realista, y te aviso cada vez que el expediente se mueve. No prometo plazos que no dependen de mí.

¿Por qué cuesta lo que cuesta?

Los honorarios cubren el estudio del caso, los escritos, el seguimiento del expediente —con las audiencias incluidas cuando el asunto es judicial— y las gestiones en Ecuador, con un solo interlocutor de principio a fin. La primera valoración no se cobra y el presupuesto es cerrado: sabes lo que vas a pagar antes de empezar.

¿Es tu caso? Cuéntamelo y te digo qué se puede hacer.

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